Cómo darse de alta como profesor particular en España: autónomo, Hacienda y facturación (2026)
Para dar clases particulares en España de forma legal en 2026 debes darte de alta en Hacienda (modelo 036, epígrafe IAE 826) y en la Seguridad Social (RETA). Si es tu primera alta, puedes acogerte a la tarifa plana de 80 €/mes + MEI = ~88,64 €/mes durante los 12 primeros meses. Tu actividad está exenta de IVA según el artículo 20.Uno.10º de la Ley 37/1992 si enseñas materias del currículo oficial.
¿Tengo que darme de alta para dar clases particulares?
Sí, si la actividad es habitual. La habitualidad es el criterio jurídico que determina cuándo una actividad económica obliga a darse de alta como autónomo. La Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo exige el alta en RETA a quien ejerza una actividad económica por cuenta propia de forma habitual[1].
La ley no define numéricamente "habitualidad". La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha usado de forma orientativa el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como referencia: si los ingresos anuales superan el SMI, la actividad se considera habitual y obliga al alta. Pero el criterio es caso a caso y no es una regla automática.
Tres escenarios típicos del profesor particular
- Ocasional — Una o dos clases sueltas al mes. No hay obligación de alta. Debes declarar los ingresos como rendimientos del trabajo o como ganancia patrimonial en tu declaración anual de la Renta.
- Habitual (actividad complementaria) — Varios alumnos recurrentes, ingresos mensuales sostenidos. Aquí entras en zona de alta obligatoria, aunque la actividad no sea tu fuente principal de ingresos.
- Actividad principal — Es tu medio de vida principal. Alta obligatoria sin discusión.
Si tienes dudas sobre tu caso, consulta con un gestor o asesor fiscal. El coste de darse de alta sin necesidad estricta es bajo (la tarifa plana es 80 €/mes); el coste de NO darse de alta cuando debes hacerlo es mucho más alto (ver sanciones).
Cómo darse de alta en Hacienda (modelo 036 paso a paso)
El alta en Hacienda se realiza presentando el modelo 036 (declaración censal) o su versión simplificada el modelo 037. Para un profesor particular típico el modelo 037 suele ser suficiente. Es gratuito y se puede tramitar online con certificado digital o Cl@ve PIN en la sede electrónica de la Agencia Tributaria[2].
Datos clave del formulario
- Datos personales — DNI o NIE, nombre, dirección fiscal.
- Actividad económica — Selecciona el epígrafe IAE 826 "Personal docente de enseñanzas diversas". Es el epígrafe estándar para profesores particulares en España según el Real Decreto Legislativo 1175/1990 sobre tarifas del IAE[3].
- Fecha de inicio — Indica el día efectivo en que empiezas tu actividad. No puedes datar el alta a posteriori si llevas meses cobrando.
- Régimen de IVA — Marca la exención por enseñanza (artículo 20.Uno.10º LIVA). Si tus clases son sobre materias del currículo oficial, no facturarás IVA ni presentarás modelo 303.
- Régimen de IRPF — Estimación directa simplificada (es el régimen habitual para autónomos con facturación anual inferior a 600.000 €).
Tiempo estimado del trámite con certificado digital: 15-20 minutos. Si lo haces en oficina puede tardar más por colas.
Cómo darse de alta en la Seguridad Social (RETA + tarifa plana)
Tras el alta en Hacienda tienes 60 días naturales para darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Lo recomendable es hacerlo el mismo día del alta en Hacienda para que ambas fechas coincidan. Se tramita online en el portal Importass de la Seguridad Social[4].
La tarifa plana de 80 €/mes en 2026
Los nuevos autónomos pueden acogerse a la tarifa plana de autónomos: 80 € de cuota base más el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) del 0,9 %, lo que da aproximadamente 88,64 €/mes durante los 12 primeros meses[5].
Requisitos para la tarifa plana
- No haber estado de alta como autónomo en los 2 años inmediatamente anteriores (3 años si ya disfrutaste anteriormente de la tarifa plana).
- No ser autónomo colaborador.
- No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda.
Prórroga 12 meses más
Si durante los primeros 12 meses tus rendimientos netos anuales no superan el SMI, puedes solicitar una prórroga de 12 meses adicionales manteniendo la tarifa plana. El trámite se realiza también en Importass antes de la finalización del primer período.
Profesora que se da de alta en enero 2026 con tarifa plana: 88,64 € × 12 meses = 1.063,68 € de cuota a Seguridad Social en el primer año.
Comparativa: la cuota mínima del régimen ordinario en 2026 para nuevos tramos de cotización ronda los 230-294 €/mes según la base elegida — un ahorro de aproximadamente 1.700-2.500 € en el primer año gracias a la tarifa plana.
Qué es la exención de IVA para clases particulares (Art. 20.Uno.10º LIVA)
Las clases particulares impartidas por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios oficiales del sistema educativo español están exentas del IVA. Esta exención está reconocida en el artículo 20.Uno.10º de la Ley 37/1992 del IVA[6].
Texto literal de la ley:
"Las clases a título particular prestadas por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquiera de los niveles y grados del sistema educativo."
Implicaciones prácticas
- No cobras IVA al alumno o la familia.
- No presentas el modelo 303 (autoliquidación trimestral de IVA).
- No presentas el modelo 390 (resumen anual de IVA).
- No puedes deducir el IVA de tus gastos (porque tu actividad es exenta, no sujeta a IVA con derecho a deducción).
Materias que SÍ entran en la exención
Todas las del currículo oficial: matemáticas, lengua, inglés, francés, alemán, física, química, biología, historia, filosofía, economía, dibujo técnico, latín, griego, música, etc. Tanto a nivel de Primaria como ESO, Bachillerato y Universidad.
Materias que NO entran en la exención (tributan al 21 %)
Actividades fuera del currículo oficial:
- Yoga, meditación, mindfulness.
- Programación o desarrollo de software no incluida en planes oficiales.
- Idiomas no curriculares (depende del nivel y certificación).
- Cocina, fotografía, baile, música no reglada.
- Coaching personal o profesional.
Si das clases mixtas (parte curriculares, parte no), debes separar la facturación: las curriculares van exentas, las no curriculares con IVA al 21 %.
Cómo declarar IRPF: modelo 130 trimestral y modelo 100 anual
El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) se declara de dos formas: trimestralmente con el modelo 130 (pago fraccionado) y anualmente con el modelo 100 (declaración de la Renta). El modelo 130 funciona como un anticipo trimestral del IRPF anual.
Modelo 130 — Pago fraccionado trimestral
El modelo 130 se presenta trimestralmente. Se ingresa el 20 % sobre el beneficio neto del trimestre (ingresos menos gastos deducibles)[7].
Exención del modelo 130: no estás obligado a presentarlo si más del 70 % de tus ingresos anuales provienen de pagadores que ya aplican retención del IRPF (academias, empresas, particulares con cuenta de retenedores). Como la mayoría de las clases particulares se cobran directamente a familias —que no son retenedoras—, en la práctica casi todos los profesores particulares autónomos sí presentan el modelo 130.
Calendario del modelo 130
| Trimestre | Periodo declarado | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| 1T (Q1) | enero – marzo | 1 – 20 de abril |
| 2T (Q2) | abril – junio | 1 – 20 de julio |
| 3T (Q3) | julio – septiembre | 1 – 20 de octubre |
| 4T (Q4) | octubre – diciembre | 1 – 30 de enero (año siguiente) |
Ingresos trimestrales: 4.500 € (15 alumnos × 25 €/h × 4 sesiones/mes × 3 meses).
Gastos deducibles trimestrales: 600 € (material didáctico, parte de internet, libros, transporte).
Beneficio neto: 4.500 - 600 = 3.900 €.
Modelo 130 a ingresar: 20 % de 3.900 = 780 €.
Modelo 100 — Declaración anual de la Renta
Todos los autónomos presentan el modelo 100 entre abril y junio del año siguiente, sumando ingresos y gastos del ejercicio fiscal completo. El IRPF total se calcula sobre el beneficio neto anual; lo ya ingresado con los modelos 130 trimestrales se descuenta. Si has pagado de más con los 130, Hacienda te devuelve la diferencia.
Gastos deducibles habituales del profesor particular
En estimación directa simplificada puedes deducir gastos vinculados directamente a la actividad:
- Material didáctico, libros, suscripciones a plataformas educativas.
- Parte proporcional de internet y teléfono afecto a la actividad (no el 100 % si es de uso mixto).
- Formación específica para tu actividad docente.
- Asesoría fiscal y contable.
- Kilometraje cuando te desplazas al domicilio del alumno (con justificante).
- Material de oficina y consumibles.
- Cuota de la propia Seguridad Social (autónomo).
Cada deducción debe estar respaldada por factura emitida a tu nombre y NIF. Conserva los justificantes durante 4 años.
Cuánto vas a pagar el primer año (cuotas + IRPF)
El coste anual real de ser profesor particular autónomo depende de cuánto factures, pero la estructura es predecible. En el primer año con tarifa plana, los costes fijos rondan los 1.000 € anuales en Seguridad Social, más el IRPF proporcional a tu beneficio neto.
| Concepto | Importe año 1 | Notas |
|---|---|---|
| Cuota Seguridad Social (RETA) | ~1.064 € | Tarifa plana 88,64 €/mes × 12 |
| Alta en Hacienda (modelo 036/037) | 0 € | Gratuito |
| IRPF (modelo 130 trimestral) | 20 % beneficio | Sobre ingresos − gastos |
| Asesoría fiscal (opcional) | 200 – 600 € / año | Recomendable si tienes muchos alumnos |
Ingresos brutos anuales: 12.000 € (1.000 €/mes de media).
Gastos deducibles anuales: 1.500 € (Seguridad Social 1.064 € + material y otros 436 €).
Beneficio neto: 12.000 − 1.500 = 10.500 €.
IRPF (modelo 130 trimestral, 20 % sobre beneficio): aproximadamente 2.100 € repartidos en los 4 trimestres.
Total impuestos y cuotas año 1: aproximadamente 3.164 € (Seg. Social 1.064 € + IRPF anticipado 2.100 €). Neto en mano final: ~8.836 €.
Cómo facturar correctamente una clase particular
La factura de una clase particular tiene los mismos requisitos formales que cualquier factura emitida por un autónomo en España, regulada por el Real Decreto 1619/2012 que aprueba el Reglamento de facturación. La particularidad es la cláusula de exención de IVA que debe incluirse expresamente.
Datos obligatorios de toda factura
- Número correlativo (sin saltos en la numeración).
- Fecha de emisión.
- Datos del emisor (tú): nombre, apellidos, NIF y dirección fiscal.
- Datos del destinatario (alumno o familia): nombre y NIF.
- Descripción del servicio (ej. "Clases particulares de Matemáticas, nivel Bachillerato, mes de mayo 2026").
- Importe total.
- Cláusula de exención de IVA con cita expresa del artículo legal.
Ejemplo de factura
Conserva una copia de cada factura emitida durante 4 años. La numeración debe ser correlativa: si emites la factura 42, la siguiente es la 43 (no puedes saltarte números aunque anules una).
¿Cuándo NO tienes que darte de alta?
No toda actividad docente obliga al alta de autónomo. La habitualidad es la clave: una clase puntual al mes no convierte tu actividad en habitual; una actividad recurrente con varios alumnos sostenida en el tiempo, sí.
Casos en los que NO necesitas darte de alta
- Clases muy ocasionales — Una o dos clases sueltas al mes a un familiar o amigo. Declaras los ingresos como ganancia patrimonial o rendimiento del trabajo en la declaración de la Renta, no requieres alta de autónomo.
- Sustitución temporal puntual — Una semana cubriendo a otro profesor, sin continuidad.
- Contratado por una academia (relación laboral) — Si la academia te contrata como empleado, la academia se encarga de tu alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena. No eres autónomo.
- Ingresos muy bajos no habituales — Si los ingresos anuales son significativamente inferiores al SMI y la actividad no es recurrente, la jurisprudencia ha admitido que no se considere habitual. Pero el criterio es caso a caso y conviene consultar antes de asumirlo.
Alternativas si no quieres ser autónomo
- Trabajo por cuenta ajena en una academia — Una academia te contrata, tributas como nómina, no tienes obligaciones fiscales propias más allá de la declaración anual.
- Cooperativa de facturación — Algunas cooperativas (Smart Ibérica, Doc Cooperative, etc.) facturan en tu nombre y tú actúas como socio. Te cobran una comisión (8-12 % habitualmente). Es legal pero más caro que ser autónomo con tarifa plana a partir de 800-1.000 €/mes de facturación.
Qué pasa si no te das de alta (sanciones)
Trabajar como profesor particular sin estar dado de alta cuando concurre habitualidad expone a sanciones de la Inspección de Trabajo y de la Agencia Tributaria. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) tipifica como infracción grave trabajar por cuenta propia sin estar dado de alta en RETA[8].
Sanciones por no darse de alta en RETA
- La sanción por infracción grave de la LISOS arranca en 3.750 € y puede escalar significativamente según gravedad, reincidencia y circunstancias.
- Además, la Seguridad Social te exige el pago retroactivo de las cuotas no abonadas más los recargos correspondientes (10-20 % sobre el principal).
Sanciones por no declarar a Hacienda
- Hacienda puede reclamarte el IRPF no declarado durante los últimos 4 años (período de prescripción), con intereses de demora.
- Sanción por presentación fuera de plazo: del 50 al 150 % de la cuota dejada de ingresar.
- Si la cuota defraudada es superior a 120.000 € en un año, puede constituir delito fiscal (Art. 305 Código Penal).
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¿Tengo que darme de alta como autónomo para dar clases particulares en España?
Sí, si la actividad es habitual. La jurisprudencia ha usado el SMI como criterio orientativo. Una clase puntual al mes no obliga; actividad recurrente con varios alumnos sí. Te das de alta primero en Hacienda (modelo 036, epígrafe IAE 826) y después en la Seguridad Social (RETA), en los 60 días siguientes.
¿Cuánto cuesta darse de alta como profesor particular autónomo en 2026?
El alta en Hacienda es gratuita. La cuota a la Seguridad Social en 2026 es de 80 € + MEI 0,9 % = ~88,64 €/mes durante los 12 primeros meses con tarifa plana, prorrogable 12 meses más si los rendimientos netos no superan el SMI.
¿Tengo que cobrar IVA en mis clases particulares?
No, si tus clases son sobre materias del currículo oficial. El artículo 20.Uno.10º de la Ley 37/1992 del IVA exime expresamente las clases particulares impartidas por personas físicas. Tus facturas deben incluir la cláusula "Operación exenta de IVA según el artículo 20.Uno.10º de la Ley 37/1992 del IVA".
¿Qué epígrafe del IAE elijo en el modelo 036?
El epígrafe IAE 826 — Personal docente de enseñanzas diversas. Es el epígrafe estándar para profesores particulares en España según el Real Decreto Legislativo 1175/1990.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 037 es la versión simplificada del 036. Apta para autónomos sin trabajadores, sin establecimiento permanente diferenciado y que no apliquen regímenes especiales complejos. Para un profesor particular típico el modelo 037 suele ser suficiente.
¿Tengo que presentar el modelo 130 trimestral?
Sí, salvo que más del 70 % de tus ingresos anuales provengan de pagadores que ya apliquen retención del IRPF en tus facturas. Como la mayoría de las clases particulares se cobran a familias —que no son retenedoras—, en la práctica casi todos los profesores particulares autónomos sí presentan el modelo 130.
¿Cuándo presento el modelo 130?
Trimestralmente: del 1 al 20 de abril (Q1), del 1 al 20 de julio (Q2), del 1 al 20 de octubre (Q3) y del 1 al 30 de enero (Q4). Si el último día cae en fin de semana o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil.
¿Qué gastos puedo deducir como profesor particular?
Material didáctico, libros, suscripciones a plataformas educativas, parte proporcional de internet y teléfono afecto a la actividad, formación específica, asesoría fiscal, kilometraje cuando te desplazas al domicilio del alumno y la propia cuota de la Seguridad Social. Cada deducción debe estar justificada con factura a tu nombre y NIF.
¿Puedo dar clases sin estar dado de alta?
Solo si no son habituales. La LISOS tipifica como infracción grave trabajar sin alta en RETA cuando concurre habitualidad. Las sanciones parten de los 3.750 € y pueden escalar significativamente. Además Hacienda puede reclamarte el IRPF no declarado con intereses y sanciones por importes adicionales.
¿Cómo me doy de alta paso a paso?
1) presenta el modelo 036/037 ante la Agencia Tributaria (online con certificado digital o en oficina), declarando el epígrafe IAE 826 y la fecha de inicio; 2) presenta el alta en RETA en la Seguridad Social en los 60 días siguientes a la fecha de inicio (recomendable hacerlo el mismo día), solicitando la tarifa plana si cumples los requisitos; 3) emite tu primera factura aplicando la cláusula de exención de IVA del artículo 20.Uno.10º LIVA.
¿Quieres saber qué precio cobrar una vez dado de alta? Lee la guía complementaria sobre tarifas: ¿Cuánto cobrar como profesor particular en España? (Tarifas 2026). Incluye calculadora orientativa y datos por materia, nivel, modalidad y ciudad.
Buscar profesor verificado en el directorioFuentes y notas legales
- Obligación de alta y concepto de habitualidad: Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo (BOE-A-2007-13409) — Art. 1. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha usado el Salario Mínimo Interprofesional como criterio orientativo no codificado para determinar la habitualidad. ↩
- Modelo 036 / 037 (declaración censal): Agencia Tributaria — Procedimiento Modelo 036 Declaración Censal de Alta, Modificación y Baja en el Censo. ↩
- Epígrafe IAE 826 (Personal docente de enseñanzas diversas): Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas (BOE-A-1991-29265). ↩
- Alta en RETA (Seguridad Social): Importass — Portal del trabajador autónomo de la Seguridad Social. El plazo legal para tramitar el alta es de 60 días naturales desde el inicio de la actividad. ↩
- Tarifa plana de autónomos en 2026 (80 €/mes + MEI 0,9 %): marco normativo en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización por ingresos reales (BOE-A-2022-12482). Las cuotas y el porcentaje del MEI se publican anualmente; verifica el valor vigente en la Seguridad Social antes de tramitar el alta. ↩
- Exención del IVA para clases particulares de personas físicas (Art. 20.Uno.10º LIVA): Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE-A-1992-28740). Texto literal del Art. 20.Uno.10º: "Las clases a título particular prestadas por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquiera de los niveles y grados del sistema educativo." No confundir con el Art. 20.Uno.9º (exención para entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas). ↩
- Modelo 130 (pago fraccionado IRPF trimestral): AEAT — Modelo 130 IRPF, Pago fraccionado, Empresarios y profesionales en estimación directa. Existe exención cuando más del 70 % de los ingresos provienen de pagadores que ya aplican retención. Marco general en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF. ↩
- Sanciones por no darse de alta en RETA: Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) — Arts. 22-23. Las sanciones por trabajar por cuenta propia sin alta en RETA arrancan en 3.750 € y pueden escalar significativamente según gravedad y reincidencia. ↩